La normativa vigente en Chile, establece mediante el Decreto Supremo 594, TÍTULO IV, De la Contaminación Ambiental, Párrafo III, 7.- DE LAS RADIACIONES NO IONIZANTES, 7.4.- ULTRAVIOLETA DE ORIGEN SOLAR, Artículo 109 b, letra b) (ver https://bcn.cl/3etwa)
Artículo 109 b.- Los empleadores de trabajadores expuestos deben realizar la gestión del riesgo de radiación UV adoptando medidas de control adecuadas.
b) Publicar diariamente en un lugar visible el índice UV estimado señalado por la Dirección Meteorológica de Chile y las medidas de control que se deben aplicar, incluidos los elementos de protección personal.
¿Quién ya lo usa?
Empresas y organizaciones de diversas industrias ya están usando UVi
Sierra Gorda SCM
En faena
Instalado en Octubre 2023
Engie Energía Chile
En acceso CTT Tocopilla
Instalado en Agosto 2023
Aguas del Valle
Planta las Rojas
Instalado en diciembre 2022
Terminal Puerto Arica
En acceso TPA
Instalado en Febrero 2022
Inmobiliaria Guzmán y Larraín
Construcción condominio Antigua III, Antofagasta
Instalado en Abril 2019
The International School La Serena
En hall de acceso al colegio
Instalado en febrero de 2019
Agrícola La Alpina
En la portería de la Agrícola La Alpina.
Panel doble que muestra el índice local y el índice predictivo de DGAC.